Claves a tener en cuenta en los contratos de prácticas

Claves a tener en cuenta en los contratos de prácticas

Claves a tener en cuenta en los contratos de prácticas

El mes de agosto ya ha llegado y con él los becarios de nuestro país ocupan las vacantes que quedan libres por vacaciones en un gran número de empresas. Tanto si eres la empresa que va a contratar a estos jóvenes como si eres el estudiante que va a empezar sus prácticas, desde nuestra asesoria en el barrio de Salamanca y como expertos en asesoramiento laboral, te dejamos algunas aspectos a tener en cuenta.

Solo puede contratarse de prácticas a gente que tenga en posesión un título universitario, de formación profesional u otros estudios siempre y cuando no hayan pasado 5 años desde su obtención. En el caso de menores de 30, este último dato no se tiene en cuenta.

 En dicho contrato debe especificarse el puesto que va a desempeñar la persona contratada, la duración de sus prácticas y la titulación que ha estudiado el mismo, así como el sueldo que va a recibir. Respecto a la duración cabe matizar que oscila entre los seis meses y los dos años permitiéndose dos prórrogas hasta llegar a los dos años. Nunca podrá estar una persona con contrato de prácticas más de dos años en una misma empresa.

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En los diez días siguientes a la firma del contrato, deberá comunicarse al Servicio Público de Empleo dicha contratación.

El contrato de prácticas puede tener un periodo de prueba. En el caso de contar con un titulo de grado medio o certificado de profesionalidad de nivel 1 o 2 el período de prueba no podrá ser superior a un mes, ni a dos meses para los trabajadores que estén en posesión de certificados de nivel 3 o grados superiores, salvo convenio colectivo.

Además de estos tips, es importante que acudas a un profesional si tienes dudas sobre este tipo de contratos u otros. En nuestra asesoria laboral te aconsejaremos y nos encargaremos personalmente de dichos contratos. Puedes contactar con nosotros ahora rellenando este formulario o llamándonos y estaremos encantados de atenderte.

Soy autonomo, ¿necesito una asesoria?

Soy autonomo, ¿necesito una asesoria?

Emprender y hacerse cargo de una empresa, no solo resulta complejo al empezar, sino que, además, conlleva una serie de gestiones que con el paso del tiempo una sola persona sin conocimientos de asesoramiento no puede llevar a cabo. Desde nuestra gestoría autónomos Madrid queremos darte información sobre qué puede hacer una gestoría especializada en autónomos:

Asesoramiento en cuanto a la contratación de trabajadores. Saber qué tipo de contrato interesa, llevar al día las nóminas, los costes salariales o las altas y bajas de la Seguridad Social son cosas habituales y diarias en las que nuestro profesional te ayudará.

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 Analisis de la situación económica de tu empresa y ratios de la misma. Es importante saber con qué economía se mantiene la empresa y si existen cuentas pendientes de pago o deudas que puedan afectar al desarrollo correcto. Del mismo modo y relacionado con esto, te aconsejaremos sobre qué tipo de contratos realizar con proveedores, clientes u otros.

Declaraciones o documentación necesaria. La presentación, redacción y gestión de documentos que, por Ley, debe tener al día cualquier autónomo es trabajo de nuestro equipo. De esta forma, estarás al día de gestiones, posibles subvenciones o cualquier tipo de acto o documento que esté relacionado con el desarrollo de tu empresa.

Además de estas gestiones tan importantes para tu negocio y para ti como autónomo, existen muchas más rutinarias. Emprender y mantener una empresa en un buen estatus económico que permita crecer a la misma con el paso del tiempo resulta muy complejo en la actualidad. Por este motivo y por la amplia experiencia que desde AGT tenemos, te recomendamos que contactes ahora con nuestro equipo. Puedes informarte de nuestras tarifas sin ningún compromiso o pasarte por nuestra Asesoria Barrio de Salamanca donde te atenderemos personalmente.

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5 Claves a tener en cuenta para la contratación

5 Claves a tener en cuenta para la contratación

Con el inicio de año muchos son los puestos de empleo que aparecen para ser ocupados por gente formada. En numerosas ocasiones tanto trabajador como contratante tiene un mar de dudas sobre cómo gestionar un futuro contrato. Hoy desde AGT Asesores de Empresas darte las cinco claves a la hora de contratar a una persona para que se una a tu equipo.

El individuo que ocupe el puesto debe ser mayor de edad o entre 16 y 18 años siempre y cuando tenga el consentimiento de su padre, madre o tutor legal.

Es importante saber que todos los contratos se consideran indefinidos a no ser que se acredite en los mismos lo contrario. Estos contratos pueden ser:

       De prácticas

       A tiempo parcial o fijo

       Por obra o servicio realizado

       Contratos a tiempo determinado

Existe un periodo de prueba que debe quedar escrito. No podrá exceder de:

       3 meses para no titulados en empresas cuyos trabajadores no sean más de 25.

       6 meses para titulados

       2 meses para el resto de personas

Durante el tiempo de prueba, cualquier cosa que afecte al trabajador (maternidad, por ejemplo) se interrumpe el valor del mismo siempre y cuando ambas partes lleguen a un acuerdo. Por otra parte, cualquier persona que ya haya desempeñado las mismas funciones a las que opta en la empresa, no tendrá que hacer periodo de prueba.

Es muy importante que en el contrato a firmar queden claras todas las ideas anteriores además de los plazos que se tienen para poder anular dicho contrato y las penalizaciones si no se cumplen. Además, tendrá que fijarse claramente las tareas a desempeñar por parte del contratante.

A pesar de que de esta forma han quedado claras algunas dudas, si sigues teniendo preguntas no dudes en contactar con nosotros.

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