¿En que consiste la libertad de expresion?

¿En que consiste la libertad de expresion?

¿En que consiste la libertad de expresion?

Desde AGT, asesores de empresas Madrid, queremos hablarte de la libertad de expresión, un derecho fundamental con el que cuentan todos los ciudadanos en todos y cada uno de los ámbitos de la vida cotidiana. Antiguamente había temas tabú de los que no se podía hablar, y si lo hacías eras penalizado, ya fuera con actos violentos o yendo a la cárcel. Hasta el día de hoy las cosas han cambiado, pero nos encontramos en una situación en la que la ofensa por las opiniones está al mismo nivel que la libertad de decir lo que pensamos, con la diferencia de esta última si está amparada por la ley.

En el artículo 20 de la Constitución Española se reconocen y protegen los derechos a:

Expresar y difundir libremente los pensamientos, ideas y opiniones mediante la palabra, el escrito o cualquier otro medio de reproducción.

Producción y creación literaria, artística, científica y técnica.

Libertad de cátedra.

Comunicar o recibir libremente información veraz por cualquier medio de difusión. La ley regulará el derecho a la cláusula de conciencia y al secreto profesional en el ejercicio de estas libertades.

El ejercicio de esta actividad no se puede censurar de forma previa, en caso de esto ocurriese se debe avisar a las autoridades para poder actuar en consecuencia.

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Como en todo no hay que olvidar que es un derecho que se debe ejercer con responsabilidad. Nos encontramos ante los límites de este derecho cuando comenzamos a vulnerar otros derechos amparados por la ley. Como ejemplo podemos decir que al utilizar ciertas palabras o símbolos podemos estar involucrando de forma directa al derecho del honor o la integridad de otros. Es importante saber que hay ámbitos en los que el derecho a la libertad de expresión desaparecen, como pueden ser la incitación al odio, la apología a la violencia, las falsas acusaciones, etc.

Cuando se producen estos últimos pueden pasar a ser una falta o delito. Serán llevados a juicio con todo lo que ello conlleva, y será el juez que lleve el caso quien determine como deberá ser penada esa actuación.

Si tienes alguna duda sobre este tema o cualquier otro, no dudes en ponerte en contacto con nosotros, te ofreceremos la mejor asesoría en todo lo que necesites.

Maremagnum Reglamentario en Materia Tributaria

Maremagnum Reglamentario en Materia Tributaria

El pasado 1 de Enero entró en vigor una amplia batería de modificaciones reglamentarias, una cantidad de arreglos que, a nuestro entender, no tienen ningún orden ni concierto tratando de adaptarse deprisa y corriendo al cuerpo normativo vigente en materia tributaria. A ello hay que añadirle la cantidad de órdenes ministeriales que con la cantidad de modificaciones introducidas nos llevan a este maremágnum que es un despropósito más de la Administración Tributaria imponiendo, como es habitual, su potestad normativa con el apoyo y la complacencia del Ejecutivo y el Legislativo. Todo este maremágnum reglamentario y legislativo se hace con una total despreocupación de cara al contribuyente y despreciando el trabajo de los asesores fiscales que nos encontramos con un sistema tributario cada vez más complejo y efímero por las tan repetidas modificaciones que hacen muy enrevesado el mismo haciendo que cada vez sea más complejo y costoso estar al día con todas estas modificaciones y rectificaciones.
Por ello desde AGT ASESORES (Asesoría Barrio Salamanca y Asesoría Fiscal Pymes) queremos brindarles la ocasión de afrontar este reto tributario y para ello ponemos a su disposición a nuestros profesionales para cumplir con todas sus obligaciones fiscales teniendo en cuenta todas estas modificaciones que hacen que cada día le sea más costoso, en todos los sentidos, al contribuyente cumplir con sus obligaciones fiscales.

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